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Préstamo ENISA participativo
Última actualización el Miércoles, 12 de Enero de 2011 21:18 Escrito por Ayudas Oficiales Domingo, 15 de Marzo de 2009 12:53
Acciones subvencionables:
Las líneas de financiación son:
Línea General (para todo tipo de proyectos empresariales).
Línea Empresas de Base Tecnológica (para pyme que lleven a cabo proyectos cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos, procesos o servicios, o la mejora sustancial de los ya existentes).
Línea PYME (para proyectos empresariales promovidos por pyme que contemplen la modernización de su estructura productiva y de gestión, incluyendo la innovación no tecnológica).
Tipo de subvención: Anticipos reembolsables y préstamos
Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: ó 1.000.000,00 €
Ayuda mínima: 100.000,00 €
Plazo máximo de amortización:120 meses
Plazo mínimo de amortización:60 meses
Plazo máximo de carencia:96 meses
Plazo mínimo de carencia:36 meses
Información adicional:
PLAZO: el plazo de solicitud está abierto indefinidamente.
BENEFICIARIOS: pequeñas y medianas empresas con forma societaria, enmarcada en cualquier sector de actividad, excepto el inmobiliario y financiero.
CUANTIA: la financiación de ENISA se situara entre la cuantía mínima y máxima reflejada.
CONDICIONES DEL PRÉSTAMO: tendrá un vencimiento a largo plazo de entre 5 y 10 años; un período de carencia entre 3 y 8 años; el tipo de interés variará en función de la línea: para la línea 2 y 3, el mínimo será el Euribor + 0,25% y el máximo, en función de la rentabilidad de la empresa de hasta 6% por encima del mínimo; y para la línea 1, el mínimo será el Euribor + 0,25% - 1% y el máximo, en función de la rentabilidad de la empresa de hasta 8% por encima de mínino.
No se solicita ningún tipo de garantías adicionales a las que aporta el propio proyecto empresarial.
El préstamo sólo devengará una comisión de apertura de 0,5% del importe del mismo.
En el supuesto de amortización anticipada del préstamo, se satisfará una comisión del 2% de la cantidad amortizada.
NOTA INTERNA: todos los intereses son deducibles del Impuesto sobre Sociedades.
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