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[Líneas de financiación privilegiada para pymes y empresas de economía social]
Última actualización el Domingo, 29 de Marzo de 2009 10:37 Escrito por Ayudas Oficiales Lunes, 09 de Marzo de 2009 21:59
Acciones subvencionables:
Ayudas para:
la generación de puestos de trabajo, directos o indirectos.
la creación, ampliación, modernización y traslado de empresas en general.
la adaptación de las estructuras de las empresas o de sus procesos productivos a las exigencias derivadas de la integración en la Unión Europea.
la mejora de las estructuras productivas y comerciales de las empresas.
el fomento de la exportación y comercialización de productos extremeños.
medidas que mejoren las condiciones medioambientales de los productos y procesos productivos, y que preserven el entorno ecológico.
Tipo de subvención: Anticipos reembolsables y préstamos
Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 100,00 %
Interés máximo subvencionable:6,00 ptos.
Plazo máximo de amortización:84 meses
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: adquisición de activos fijos (adquisición de terreno; traídas y acometidas de servicios; urbanización y obras exteriores; obra civil; bienes de equipo; trabajos de planificación, ingeniería de proyectos y de dirección facultativa de los trabajos; otras inversiones en activo fijo materiales; excepcionalmente, edificios y locales de ocasión); la financiación de activo circulante; la refinanciación de pasivo.
Información adicional:
PLAZO: el plazo de solicitud está abierto indefinidamente.
BENEFICIARIOS: pequeñas y medianas empresas (pymes), en especial, las cooperativas y las sociedades anónimas laborales.
CUANTIA: las líneas de financiación serán las siguientes: financiación de inversiones; financiación de activo circulante; refinanciación de pasivo para inversiones en activos fijos; financiación de créditos puente para las empresas a las que se hubieran otorgado las ayudas previstas en la Ley 50/1985 de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales y financiación de operaciones de leasing.
CONDICIONES DEL PRÉSTAMO: los préstamos para inversiones y refinamiento del pasivo el período de amortización de hasta 15 años, con períodos de carencias opcionales con un máximo de 2 años.
Para el activo circulante el período de amortización de hasta 3 años, con períodos de carencias opcionales de 3 años.
Los créditos puente podrán tener un período de amortización de hasta 2 años, con períodos de carencias opciona1es con un máximo de 1 año.
La financiación de operaciones de leasing podrá tener un período de amortización de hasta 5 años.
Las operaciones financieras susceptibles de bonificación tendrán un importe máximo de 1.202.024 euros.
Se subvencionará del 0 a 5 puntos del interés, en caso de que la empresa tenga al menos en un 60% de empleados que sean jóvenes menores de 30 años, mujeres, parados de larga duración o mayores de cincuenta años, se podrá subvencionar hasta 7 puntos de interés.
La subsidiación se concederá por un plazo de duración de hasta los siete primeros años.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras, siempre que no superen el importe de la inversión subvencionable.
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