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[Ayudas para la elaboración de planes de acción de mejora de la productividad de las empresas de la industria manufacturera y de servicios relacionados]
Última actualización el Jueves, 19 de Marzo de 2009 19:46 Escrito por Ayudas Oficiales Domingo, 08 de Marzo de 2009 17:27
Acciones subvencionables:
Ayudas para:
actividades relacionadas con la distribución de bienes y servicios a otros sectores de la economía.
actividades de venta, alquiler, mantenimiento y reparación de maquinaria, equipos, material de transporte y otros bienes tangibles.
actividades de servicios empresariales intensivos en conocimiento.
actividades de servicios operativos y de gestión de instalaciones productivas.
Inicio de la inversión: 09/01/2009 Fin de la inversión: 31/12/2009
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 75,00 % ó 20.000,00 €
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: gastos de subcontratación del asesor externo para la realización del proyecto subvencionable.
NO serán subvencionables: gastos en que el proveedor tenga accionistas comunes con el solicitante, excepto por justificación expresa.
Información adicional:
PLAZO: pendiente de convocatoria.
BENEFICIARIOS: empresas del sector de la industria manufacturera y de servicios relacionados.
Se EXCLUYEN las asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.
CUANTIA: para las pequeñas empresas, la cuantía será como máximo del 75% del coste del estudio, con un límite de 5.000 euros; para las medianas empresas, la cuantía será como máximo del 50% del coste del estudio, con un límite de 10.000 euros; para las grandes empresas, la cuantía será como máximo del 25% del coste del estudio, con un límite de 20.000 euros.
Las ayudas están sujetas a los límites de la norma “de mínimis” (en general, máx.: 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años, 100.000 euros para el sector de transporte ó 30.000 euros para los de pesca y acuicultura).
NOTA INTERNA: las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
El plazo de resolución será de seis meses a contar de la fecha de presentación de la solicitud.
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