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[Ayudas a programas de mejora de calificación profesional para trabajadores en situación de paro]

Acciones subvencionables:


Ayudas a trabajadores en activo y trabajadores en situación de paro con el objetivo de mejorar la calificación profesional y/o la capacidad de inserción o reinserción laboral mediante el logro o el perfeccionamiento de las competencias profesionales.
Los programas objeto de subvención son:
programas de formación profesional ocupacional: 1.1 acciones de formación vinculadas al Catálogo de Calificaciones Profesionales de Cataluña; 1.2 acciones de formación en empresas con compromiso de contratación; 1.3 acciones de formación dirigidas a nuevas calificaciones.
programas mixtos de formación y trabajo: 2.1 escuelas taller y casas de oficio; 2.2 talleres de ocupación; 2.3 unidades de promoción y desarrollo.

 


Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
 


Gastos subvencionables:
Serán subvencionables:
para el caso 1: costes salariales u honorarios del personal docente que participe en las acciones formativas (módulo A); costes de funcionamiento y gestión (módulo B).
para los casos 1.2 y 1.3: costes salariales u honorarios del personal docente y gastos derivados de la preparación y seguimiento de la acción formativa (módulo A); seguro de los alumnos; medios y materiales didácticos, amortización de instalaciones; gastos de energía, combustible, mantenimiento de las instalaciones y de los equipos formativos; costes del alquiler; gastos del personal directivo y administrativo (módulo B).
para el caso 2: costes salariales del personal (módulo A); costes de funcionamiento y gestión (módulo B); costes salariales derivados de contratos de trabajo (módulo C).
para el caso 2.3: costes salariales de los contratos de trabajo del director, técnicos y personal de apoyo y los gastos de funcionamiento y realización del proyecto.
NO serán subvencionables:
para los casos 1.2 y 1.3: retribución de vacaciones no efectuadas, pagos en especies, indemnización por muerte y traslado, suspensiones, pensiones, despidos, ceses o finalizaciones de contrato, conceptos salariales de productividades, pluses.
para el caso 2: la retribución de vacaciones no efectuadas, los pagos en especias, las indemnizaciones por muerte y las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos, ceses o finalizaciones de contrato.


Información adicional:
PLAZO: esta ayuda está pendiente de convocatoria para el año 2008.
BENEFICIARIOS: para el caso 1.1 y 1.3, serán beneficiarios las empresas, cooperativas y sociedades laborales, entidades o instituciones públicas o privadas.
Para el caso 1.2, podrán beneficiarse las organizaciones empresariales, empresas, cooperativas y sociedades laborales o entidades de formación constituidas por organizaciones empresariales, de empresas y/o sindicatos.
Para el caso 2, serán beneficiarios las entidades locales y entidades sin ánimo de lucro.
CUANTIA: la cuantía de las ayudas se calcularán en función del número de horas del curso, del grado de complejidad de la acción tanto con respecto a la especialidad como al colectivo, del grado de innovación tecnológica y del número de alumnos.
NOTA INTERNA: las ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en un 40%.
El presupuesto total para el año 2008 es de 46.831.930 euros.
 

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