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[Ayudas para incentivar la contratación indefinida en el ámbito territorial Castilla La Mancha]

 
Ayudas Castilla La Mancha
 

Acciones subvencionables:


Ayudas a la contratación indefinida mediante:
Contratos iniciales indefinidos suscritos con trabajadores desempleados.
Contratos de relevo y de sustitución por jubilación anticipada, ambos de carácter indefinido.
Contratos iniciales indefinidos.

 


Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
 


Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: ó 9.000,00 € 
 
 
Gastos subvencionables:
NO serán subvencionables: los contratos que se formalicen con los cónyuges, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad, afinidad o en su caso por adopción, hasta el segundo grado inclusive; los contratos que se formalicen con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración en las empresas; las contrataciones que se realicen con trabajadores que, en los veinticuatro meses anteriores a la fecha de la contratación hubiesen prestado servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante contrato por tiempo indefinido; las relaciones laborales de carácter especial; los contratos indefinidos que se formalicen conforme a programas subvencionados por el Sepecam.


Información adicional:
PLAZO: el plazo de solicitudes estará abierto de forma permanente.
BENEFICIARIOS: las empresas, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado.
CUANTIA: la cuantía de las ayudas por contratación indefinida a tiempo completo será: 4.000 euros si la persona contratada es un hombre; 8.000 euros si la persona contratada es una mujer; 9.000 euros para colectivos alejados del mercado laboral y mujeres que tengan acreditada la condición de víctima de violencia de género.
En el caso del trabajador autónomo que con la formalización de la contratación cree su primer puesto de trabajo indefinido, se sumarán 2.000 euros.
Las ayudas están sujetas a los límites de la norma “de mínimis” (en general, máx.: 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante 3 años, 100.000 euros para el sector de transporte ó 30.000 euros para los de pesca y acuicultura).
COMPATIBILIDAD: los beneficios no podrán superar el 60% del coste salarial anual correspondiente al contrato que se subvenciona.
Las ayudas son compatibles con las bonificaciones de cuotas empresariales de la Seguridad Social.
Las ayudas son incompatibles con las establecidas en otras normas reguladoras de incentivos a la contratación, así como con los contratos indefinidos.
NOTA INTERNA: serán destinatarios para el caso 1: mujeres; hombres menores de 30 y mayores de 45 años; hombres con más de 6 meses de inscripción como demandantes de empleo; colectivos alejados del mercado laboral; personas que hayan participado en los últimos 6 meses, en alguna acción de mejora de la empleabilidad.
Los contratos se formalizarán a jornada completa o a tiempo parcial no inferior al 50% de la jornada ordinaria de la empresa; en el supuesto de contratos fijos-discontinuos y de los contratos a tiempo parcial celebrados por tiempo indefinido, la suma de la jornada en cómputo anual deberá en todo caso ser igual o superior al 50% de la jornada ordinaria de la empresa.
Las ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
Las ayudas se concederán en régimen de evaluación individualizada.
El plazo de resolución será de dos meses desde su presentación.
 

Mas información de estas Ayudas Oficiales aquí

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