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Ayudas a proyectos de autoempleo promovidos por desempleados]

Acciones subvencionables:


Ayudas a trabajadores autónomos discapacitados, mediante los siguientes tipos de ayudas:
ayudas al inicio de la actividad.
ayuda a proyectos financiados mediante microcréditos.
ayuda a la inversión en activos fijos.

 

Inversión máxima: 150.000,00 € 
 
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
Anticipos reembolsables y préstamos
Desgravaciones de la Seguridad Social
 


Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 50,00 % ó 8.000,00 € 
 
 
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: adquisición de terrenos; adquisición de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje; mobiliario y enseres; equipos para procesos de información, instalaciones de diseño y fabricación asistido por ordenador; otras inversiones en activo fijos materiales; trabajos de planificación e ingeniería del proyecto; activos intangibles ligados a la inversión solicitada; vehículos industriales vinculados a la actividad.
NO serán subvencionables: inversiones realizadas mediante fórmulas de arrendamiento financiero (leasing); IVA recuperable; tasas e impuesto; adquisición de bienes; gastos que no sean estrictamente necesarios para la actividad empresarial.


Información adicional:
PLAZO:
el plazo de solicitud está abierto.
BENEFICIARIOS: personas discapacitadas con una minusvalía, legalmente reconocida, de al menos el 33%, que se constituyan como trabajadores autónomos a título principal.
Tendrán la consideración de beneficiarios, únicamente para solicitar la subvención de las cuotas sociales, los desempleados, inscritos como demandantes de empleo, que se integren como socios trabajadores en cooperativas o sociedades laborales.
CUANTIA: el importe reflejado es para el caso 1, en el caso de que el proyecto esté promovido por un discapacitado.
El porcentaje reflejado es un límite general por proyecto.
La cuantía y el porcentaje variará en función del tipo de ayuda.
Las ayudas están en régimen de mínimis (máx. 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante tres años; 100.000 euros en el sector del transporte o 30.000 euros para el de pesca y acuicultura).
RESTRICCIONES: NO tendrán consideración de beneficiarios, los solicitantes que en los últimos tres años hayan sido autónomos, vayan a realizar una actividad perteneciente al sector agropecuario, los que pretenden incorporarse como socios en sociedades mercantiles, aquellos que hayan realizado la inversión o iniciado la actividad con anterioridad a la fecha de presentación de solicitud.
COMPATIBILIDAD: las ayudas serán compatibles con las que se puedan solicitar como beneficiarios del Título Aval-Autoempleo.
Serán incompatibles con las ayudas sobre la competitividad e incentivos a la inversión empresarial, ayudas la inversión microempresas y ayudas al plan de consolidación y competitividad de las pymes y asyudas al programa de promoción del empleo autónomo.
Las ayudas serán incompatibles con las de inicio de la actividad.
NOTA INTERNA: las ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) en un 80%.
 

Mas información de estas Ayudas Oficiales aquí

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