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Ayudas previas a la jubilación ordinaria de trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas
Última actualización el Miércoles, 12 de Enero de 2011 21:07 Escrito por Ayudas Oficiales Miércoles, 04 de Marzo de 2009 12:40
Acciones subvencionables:
Ayudas a la jubilación ordinaria a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresa, previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la seguridad social.
Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido
Información adicional:
PLAZO: estas ayudas están abiertas indefinidamente hasta su derogación.
BENEFICIARIOS: trabajadores.
CUANTIA: será del 75% de dividir entre 7 la suma de las bases de cotizaciones de accidentes al trabajo y enfermedades profesionales, excluidas las horas extraordinarias.
Para el segundo y sucesivos años se incrementará según el IPC.
Las empresas podrán acordar con sus trabajadores complementos adicionales.
RESTRICCIONES: los trabajadores deberán tener cubierto el periodo de cotización exigido, al alcanzar la edad ordinaria para el acceso a la pensión de jubilación en su modalidad contributiva.
Los trabajadores cuando accedan a estas ayudas deberán tener 60 años de edad.
La ayuda sólo podrá percibirse, con participación de las administraciones públicas hasta un máximo de 5 años.
La financiación de las ayudas corresponderá en un 60% a las empresas solicitantes y el 40% restante a la administración.
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán incompatibles con la percepción de pensión por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez o con las prestaciones por desempleo.
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